16 September, 2019
Soy profesor de ELE en San Petersburgo (Rusia). ¿Por qué “después de que” en el pasado funciona tanto con indicativo como subjuntivo? Ejemplo: El consumo de agua disminuyó después de que el Gobierno amenazó/amenazara con restricciones. De antemano le agradezco mucho su respuesta.
Boris
Gracias a ti, Boris, por la pregunta. Como se puede ver explicado y justificado aquí (pp.329-322), sostengo que el tipo de matriz al que corresponde “después de que” solo puede entenderse rectamente en el marco de la lógica del “contexto 3” (identificación de entidades). Según este punto de vista, “después de que X” no es más que una cláusula relativa idéntica a “una cosa que X”, con la única diferencia de que en la segunda, X caracteriza a un objeto, y en la primera, X caracteriza un momento (“después del momento en que X”).
Puesto que la herejía de identificar lo que en la capilla de la tradición son adjetivas vs. adverbiales puede resultar algo desconcertante y su justificación larga, voy a intentar explicar el caso concreto de “después de que” acudiendo solo al concepto más genérico de declaración. Poco riguroso, como he indicado, pero creo que para andar por casa, es decir, por clase, puede valer.
Como herramienta operativa, la hipótesis de la “teoría declarativa” se puede formular en los simples términos de este algoritmo:
Aplicada a la caracterización de momentos en que suceden cosas, esta hipótesis implicaría, de ser cierta, que el subjuntivo sería la opción única, o la dominante, en dos circunstancias (haz clic en las cajas para ver los ejemplos):
Por el contrario, si el hablante tiene constancia del hecho y lo presenta como sucedido, deberían existir dos opciones de efectos diferentes:
¿Será este el caso? Para saberlo basta con hacer clic en cada una de estas cuatro opciones de arriba y apreciar cómo el ejemplo ejemplifica, o no, lo predicho. Mi impresión, corríjanme si me equivoco, es que la hipótesis se confirma.
Bueno, como sugiere el algoritmo de arriba, querido Eleuterio, el simple hecho de que un hablante sepa o crea algo no implica que deba declararlo. Además de la posibilidad de declararlo hace falta la voluntad de declararlo. Saber o no saber son estados de conciencia; declarar o no declarar son actos lingüísticos.
Por ejemplo, el siguiente hablante sabe que se su novia se llama Tiburcia, pero en esta frase comentando el hecho de que se llame Tiburcia no declara que se llama Tiburcia porque en esta frase el hecho de que se llame Tiburcia no es lo que quiere declarar, es solo el objeto del comentario que sí quiere declarar y declara (que le gusta):
Lo único que me gusta de ella es que se llame Tiburcia.
De hecho, si esta voluntad existiera, pese incluso a la fórmula de comentario que ha elegido, el indicativo no solo sería posible, sino que sería la marca explícita y necesaria de que el hablante tiene la expresa voluntad de declarar, además de que algo no le gusta, ese algo (que su novia se llama Tiburcia), para conocimiento y constancia pública (por ejemplo, porque no considera al oyente informado del hecho y quiere informarlo):
Lo único que me gusta de ella es que se llama Tiburcia.
En definitiva, aunque insisto en que una explicación rigurosa requiere incorporar el concepto de ‘identificación’ que explica las relativas (contexto 3), mi impresión es que esta comparación con las estructuras de comentario (contexto 2c) da una idea bastante clara del diferente efecto del uso de indicativo o subjuntivo con “después de que” en los casos en que ambos son posibles.
PS: Para todo aquel que no pueda resistir la tentación de preguntarse por qué es necesario considerar estas matrices como “contexto 3”, una adivinanza:
La respuesta es sí. La adivinanza es qué.
16 September, 2019 @ 6:01 pm
Posible respuesta: No se puede identificar un momento que todavía no ha sucedido. En las cuatro frases de Jorge, si se cambia “después de que” por “antes de que” en ningún caso se usaría indicativo, verdad?
16 September, 2019 @ 8:54 pm
Cómo están los tiempos… Ni una tarde dura ya una adivinanza…
17 September, 2019 @ 8:41 pm
A mí me parece mucho más apropiada la explicación que ofreces aquí que eso de la “identificación”; pues tanto en (2) como en (4) el hablante identifica perfectamente el momento en el que llegó Jorge y, sin embargo, usa el subjuntivo. ¿Por qué? Porque, como dices, en (2) se habla de ese hecho desde un momento en el que todavía no se ha producido o experimentado y, por tanto, no se puede declarar; y en (4) se presenta ese hecho como algo secundario que no se declara porque no es esa la información relevante del enunciado (y no lo es porque se considera que el oyente ya sabe o supone que Jorge llegó).
Yo creo que eso de la “identificación” puede resultar bastante problemático cuando se usa como clave del contraste indicativo/subjuntivo en las relativas, incluidas las temporales. Y es que, en estas últimas, siempre que la acción subordinada se inscribe en un momento FUTURO, no nos queda otra que usar el SUBJUNTIVO, independientemente de que sepamos (o identifiquemos) el momento exacto en el que se producirá tal acción:
– Jorge llegará a las 9, pero nosotros nos iremos antes de que {llegue/llegará*).
– Jorge llegará a las 9 y nosotros no nos iremos hasta que no (llegue/llegará*).
– Jorge llegará a las 9 y nosotros nos iremos después de que (llegue/llegará*).
– Jorge llegará a las 9 y nosotros nos iremos cuando {llegue/llegará*).
¿Por qué? Porque lo importante no es la identificación del momento sino la posibilidad de declarar tal acción como una acción realizada/cumplida/experimentada por Jorge, algo imposible en las relativas temporales cuando la acción se inscribe en un momento futuro. En estos enunciados, el hablante puede suponer (es decir, declarar) “nos iremos”, pero no puede situar esa acción supuesta en un momento también supuesto sino que debe hacerlo en un momento meramente mencionado.
En las otras relativas ocurre algo similar que voy a ejemplificar a la inversa, es decir, con el indicativo, pues yo puedo hablar de “una cosa que tiene cuatro patas” aunque no identifique tal cosa ni sepa qué tipo de cosa es exactamente:
– Me dijeron que en el desván hay una cosa que tiene cuatro patas. No sé si es una mesa, una silla o un taburete, pero está a nuestra disposición si queremos hacer uso de ello.
En resumidas cuentas, la cuestión es que, como bien dices en el artículo que citas, “la
declaración de un objeto debe entenderse como signo de experiencia del sujeto sobre ese objeto”; o, si se prefiere, como signo de su conocimiento sobre la existencia de tal objeto; pero no necesariamente como signo de su identificación del mismo. Y con las temporales solo habría que cambiar “objeto” por “acción”, sin olvidar todo lo que explicas aquí sobre las posibles variantes.
23 September, 2019 @ 3:44 pm
Agradezco mucho, Sonia, tu vibrante contribución, a la que intento dar aquí cumplida respuesta.
Dices que te parece más apropiada la explicación que doy aquí (“no se declara lo que no se sabe todavía si va a suceder o no”) que “eso de la identificación”. Me temo que debo insistir en que no lo es. Tomada esta afirmación con rigor, es simplemente falsa. Porque no hay ningún problema en declarar lo que no se sabe todavía si va a suceder o no:
Esa afirmación solo cobra sentido en un contexto en el cual la declaración o no declaración del verbo equivale a la identificación o no identificación de una instancia (contexto 3), una instancia que en este caso es un momento:
Claro que en tu análisis el concepto de “identificación” parece ser precisamente el problema, como indicas en este párrafo:
Veo aquí dos extremos dignos de comentario. En primer lugar, contra lo que se suele pensar y decir en el ancho mundo de la gramática tradicional, sí nos queda otra: las “oraciones temporales” referidas al futuro con indicativo existen. Y no solo existen: hay casos en que, por ejemplo, “Cuando” + Indicativo hablando del futuro es obligatorio (sí, obligatorio), y donde la única explicación que encuentro verosímil es la de la identificación. Para no repetirme remito a la explicación que daba en el libro de texto de nivel superior El Ventilador (Difusión, pág. 194), donde proponía, entre otros, este ejemplo:
¿Por qué está prohibido el supuestamente obligado subjuntivo aquí y el supuestamente prohibido subjuntivo resulta, en cambio, obligado? El concepto de identificación del momento explica bien, creo, la aparente paradoja: en este preciso contexto, el momento al que se refiere en “cuando” no es un momento cualquiera, no es ‘no importa cuándo’, como en “Cuando vaya te aviso” (te aviso cuando sea que vaya, no importa cuándo vaya te avisaré). Es, por el contrario, el momento concreto en que el interlocutor planea ir, ese momento y no otro cualquiera, ya que de eso depende que el clima que encuentre sea el anunciado. En realidad, si siguiéramos la “regla” ciega de “subjuntivo con cuando para hablar de futuro” incurriríamos en una curiosa declaración:
Es decir, que vayas cuando vayas, sea cual sea el momento, ¡el tiempo meteorológico responderá con alegría a tu llegada!
Y esta es precisamente la principal diferencia entre nuestros puntos de vista: qué entendemos por “identificación”. En el artículo donde introducía este parámetro ya anticipaba su ambigüedad. Preferí allí no inventar un término nuevo para el asunto y aprovechar, en cambio, uno de los sentidos específicos en que se puede interpretar la “identificación”, que no es el que tú manejas, como se ve en el ejemplo que ofreces:
En el ejemplo que pones parece que te dejas llevar por la ambigüedad semántica de “cosa”. En realidad, a efectos gramaticales, “cosa” es una clase de objeto tan particular y distinto como “silla” (aunque la una, léxicamente, sea un hipónimo de -más concreta que- la otra). Para eliminar de la ecuación este distractor basta considerar el mismo ejemplo con objetos que, a pesar de suponer léxicamente diferentes grados de concreción, son considerados por el modo verbal de manera uniforme como objetos cuyos ejemplares son idénticamente susceptibles de ser identificados de manera unívoca, o no, de entre cualquier otro ejemplar de su clase:
(‘El ejemplar de cosa o animal o ratón colorado con toto gris que me dijeron que estaba en el desván, aquel particular ejemplar al que se referían cuando me lo dijeron, no otro ejemplar cualquiera de esa cosa o animal o ratón colorado con toto gris’).
(‘Sea esta cosa la cosa la cosa que sea o este animal el animal que sea o este ratón colorado con toto gris el ratón colorado con toto gris que sea’).
Como me temía al contestar superficialmente a Boris en este post, el tema del contexto 3 necesitaría un post gigantesco -o un artículo normal- para él solo. Con toneladas de muestras reales de lengua y la revelación de lógicas que se revelen capaces de revelar (no importa qué lógicas particulares sean, no voy a darlas por identificadas aquí ahora) los patrones que se ocultan tras el concienzudo caos de Gramatrix.
1 October, 2019 @ 12:20 pm
Querido JPRC:
Gracias por tu cumplida respuesta, la cual me tomo como una invitación a seguir discutiendo, pues parece que hay muchos frentes abiertos en la batalla.
Cuando digo que me parece mucho más apropiada la explicación que ofreces aquí que “eso de la identificación”, me refiero al modo en que planteas las 4 posibilidades que pueden darse en las subordinadas temporales, donde se entiende que la idea de que “no se declara lo que no se sabe todavía si va a suceder o no” no es una ley general aplicable a cualquier contexto sino una manera de explicar y entender el uso del subjuntivo en ciertas subordinadas temporales. Por eso, me temo que la primera parte de tu respuesta se basa en una ecuación errónea donde confundes (o pretendes que yo haya confundido) TODA TU EXPLICACIÓN con UNA PARTE DE LA MISMA.
La idea que nos ocupa es la relevancia y/o operatividad del factor “identificación” como clave del contraste indicativo/subjuntivo en las subordinadas relativas en general y las temporales en particular. Creo que en mi comentario anterior ya ilustro el problema con algunos ejemplos; pero, como sigues ignorándolo y remites a tus aportaciones en El Ventilador, voy a permitirme el lujo de citar lo que dices en dicho manual para evidenciar nuestras convergencias y divergencias.
En lo que se refiere a las subordinadas temporales:
A) Según tú, en pasado o presente “hay una lógica presión por declarar ese momento, ya que hablamos de un momento real que forma parte de lo experimentado”. Sin embargo, yo creo que a lo que nos lleva la “lógica presión” de la que hablas no es a declarar el momento sino a declarar la acción que se realiza en el mismo; y, por eso, lo relevante no es el conocimiento que se tiene del momento como “algo real que forma parte de lo experimentado” sino el conocimiento que se tiene de la acción subordinada como algo real, conocido y/o experimentado.
1. Se fueron en cuanto llegó Jorge.
2. Siempre se van en cuanto llega Jorge.
Estos enunciados no implican que el hablante sepa (o identifique) el momento exacto en el que llegó/llega Jorge. Lo único que implican es que el hablante sabe que Jorge llegó una vez (1) o llega repetidas veces (2) y que ciertas personas se fueron (1) o tienen la costumbre de irse (2) en ese momento, sea cual sea. En realidad, aquí no importa cuándo llegó/llega Jorge, pues lo que importa es: a) el conocimiento efectivo que tiene el hablante sobre la realización de ambas acciones, b) la relación temporal que se establece entre ellas y c) la perspectiva temporal desde la que se habla.
B) Según tú, en futuro “hay una lógica presión para no identificar un momento virtual que no conocemos y del que no tenemos experiencia. Por eso, incluso si sabemos perfectamente cuándo va a pasar algo, usamos el subjuntivo […]”. En mi opinión, el simple hecho de que, aún identificando el momento, tendemos a usar el subjuntivo en estos casos ya es prueba suficiente de que “eso de la identificación” no funciona. Y es que, al igual que en el caso anterior, yo creo que aquí lo relevante no es el conocimiento que se tiene del momento sino la dificultad de declarar una acción subordinada de cuyo cumplimiento todavía no se tiene ninguna certeza.
Como puedes ver, en relación al futuro he cambiado el “no nos queda otra [que usar el subjuntivo]” por “tendemos a usar el subjuntivo” porque, como bien dices, hay casos donde podemos (o incluso debemos) usar el indicativo para declarar la acción subordinada. Y es también por eso que la idea de que “no se declara lo que no se sabe todavía si va a suceder o no” no solo debe limitarse a las subordinadas sino que también debe matizarse, pues a menudo declaramos acciones subordinadas de cuyo cumplimiento no tenemos ninguna prueba empírica. Pero vayamos por partes para descuartizar el cadáver.
En primer lugar, conviene advertir que las declaraciones pueden ser fuertes (como aserciones o aseveraciones) o débiles (como suposiciones). Esta diferencia puede residir en la matriz (Sé que… vs. Pienso que…); pero también reside en el verbo, pues el presente y el pasado de indicativo suponen declaraciones fuertes (o aserciones), mientras que el futuro y el condicional suponen declaraciones débiles (o suposiciones). Digo esto porque, en las subordinadas temporales que remiten a un momento del futuro, las acciones principales pueden declararse como aserciones (en presente de indicativo) o como suposiciones (en futuro); aunque también pueden constituir una no-declaración como, por ejemplo, una orden (en imperativo).
En los casos donde la acción principal no constituye una declaración fuerte sino una suposición (en futuro) o un mandato (en imperativo) observamos lo siguiente:
3. Jorge llegará a las 9 y ustedes se irán en cuanto él {llegue/*llegará}.
4. Jorge llegará a las 9. Hagan el favor de irse en cuanto él {llegue/*llegará}.
Como puede observarse, aquí se presentan las acciones subordinadas en subjuntivo aunque el hablante identifica perfectamente el momento de su cumplimiento o realización; lo cual, para mí, es prueba suficiente del problema; pero lo que me parece interesante es que el ejemplo (3) muestra que no podemos situar una acción supuesta (se irán) en relación a otra acción también supuesta (llegará*); y el ejemplo (4) muestra que no podemos situar una acción no declarada (hagan el favor) en relación a una acción supuesta (llegará*). Por tanto, parece que todo depende de un equilibrio de fuerzas declarativas entre ambas acciones.
Compárense los ejemplos anteriores con el siguiente, donde las acciones principales se declaran en presente:
5. Jorge llega a las 9 y ustedes se van en cuanto él {llega/llegue}, ¿entendido?
Aquí, aunque se alude a acciones futuras, las acciones principales se declaran en presente porque el hablante tiene (o pretende mostrar) una absoluta certeza sobre su cumplimiento; pero la acción subordinada puede declararse (llega) y no declararse (llegue). Esta doble posibilidad no depende de la identificación del momento, pues en ambos casos se identifica, sino de la fuerza declarativa que el hablante quiera dar a tal acción. Y es que, en este ejemplo, el hablante tiene libertad de declarar o no declarar la acción subordinada porque, como antes ya la ha declarado (Juan llega a las 9), no es necesario volver a hacerlo, pero nada se lo impide.
Cuando no hay ninguna indicación expresa del momento, también pueden darse ambas opciones:
5’. Ustedes se van en cuanto él {llega/llegue}. ¿Entendido?
Y es aquí donde parece que lo relevante es la identificación del momento, pues podríamos pensar que llega indica que se trata de un momento identificado y llegue indica que se trata de un momento no identificado. Sin embargo, yo creo que tal identificación depende del contexto; y lo que importa es la certeza que el hablante tiene (o quiere mostrar) sobre el cumplimiento de la acción de “llegar”.
Lo que aquí es imposible es presentar la acción subordinada como una acción meramente supuesta:
5’’. Ustedes se van en cuanto él {llega/llegue/*llegará}, ¿entendido?
Y es que no podemos situar una acción que se da por hecha (se van) en relación a una acción supuesta (llegará).
Es por eso que a mí me resulta bastante extraño el siguiente ejemplo tuyo:
6. No te preocupes por el frío. Cuando tú {vas/vas a ir/irás}, hace un tiempo maravilloso allí.
En mi humilde opinión, la opción “irás” no es oportuna. Y el uso del indicativo (vas/vas a ir) no se debe a la identificación del momento sino a la certeza que el hablante tiene sobre el viaje que vas a hacer.
Prueba de ello es que, si no tuviéramos tal certeza, diríamos lo siguiente:
6’. No te preocupes por el frío. Cuando tú vayas, hará un tiempo maravilloso allí.
Aquí, el propio sentido del enunciado implica que identificamos el momento del viaje y, sin embargo, usamos el subjuntivo (vayas). ¿Por qué? Porque el hablante sabe que, si vas, lo harás cuando haga buen tiempo; pero, como todavía no has ido y no pretende dar ese viaje por hecho, no lo declara. Y aquí una vez más se demuestra que el factor de la identificación no depende del contraste indicativo/subjuntivo sino del contexto (oracional, discursivo, situacional, etc.).
En cuanto a este ejemplo tuyo:
6’’. No te preocupes por el frío. Cuando tú vayas*, hace un tiempo maravilloso allí.
A mi juicio, este subjuntivo es imposible porque, por lógica, no podemos aseverar el tiempo que hace en relación al momento en el que se sitúa una acción incierta (vayas).
Por último, en El Ventilador hablas de los casos donde es obligado usar el indicativo como cuando interviene el verbo “ser”:
7. Yo iré a Berlín en verano que es cuando {va/va a ir/irá/*vaya} Vicente.
Aquí el hablante no solo identifica el momento sino que también expresa el grado de certeza que tiene sobre el viaje de Vicente, presentándolo como algo conocido, ya sea dándolo casi por hecho (va), planeado (va a ir) o supuesto (irá). Ahora bien, aquí también es importante la sintaxis, pues la relativa no se relaciona directamente con “iré a Berlín” sino con “en verano”, y es esto lo que impide el uso del subjuntivo: en verano es cuando vaya Vicente*. Y es que si sabemos (o suponemos) que Vicente va/va a ir/irá en verano, también sabemos (o suponemos) que Vicente va/va a ir/irá a Berlín. Es decir, lo importante no es la identificación del momento sino la certeza que se tiene de la propia acción.
De hecho, si quitamos “en verano” tenemos lo siguiente:
8. Yo iré a Berlín cuando {va/va a ir/*irá/vaya} Vicente.
En mi opinión, la opción en futuro (irá) no es posible porque no podemos situar una acción supuesta (iré a Berlín) en relación a otra acción también supuesta (irá Vicente). Al igual que en el ejemplo (5), aquí también tenemos dos opciones: a) declarar la acción subordinada como algo conocido de cuyo cumplimiento no se tiene ninguna duda (va/va a ir), b) no declarar la acción subordinada (vaya). Y, de nuevo, aunque parece que aquí la diferencia se basa en la identificación o no-identificación del momento, yo creo que la principal diferencia reside en la certeza o falta de certeza que se tiene sobre el viaje de Vicente.
En relación al resto de subordinadas relativas, yo decía que podemos hablar de “una cosa que tiene cuatro patas” aunque no identifiquemos tal cosa ni sepamos qué tipo de cosa es exactamente:
9. Me dijeron que en el desván hay una cosa que tiene cuatro patas. No sé si es una mesa, una silla o un taburete, pero está a nuestra disposición si queremos hacer uso de ello.
En tu respuesta me dices que me dejo llevar por la ambigüedad semántica de cosa, pero lo cierto es que mi ejemplo se basa en otro tuyo a propósito del cual dices: “Cuando alguien se refiere a una cosa que tiene/tendrá cuatro patas […] está claro que sabe de qué cosa habla y la tiene identificada (por ejemplo, una silla)”. Dicho esto, ¿no es mi ejemplo una prueba de que eso de la identificación no siempre funciona?
En realidad, podría darte multitud de ejemplos, pero me limitaré a un par más:
10. Los alumnos que suspendan, tendrán que repetir el curso.
11. Los alumnos que suspenden, tienen que repetir el curso.
En 10 no usamos el subjuntivo porque hablamos de alumnos no identificados sino porque hablamos de una posible acción futura que no podemos declarar como cumplida; mientras que en 11 no usamos el indicativo porque identifiquemos a todos los alumnos que han suspendido o suspenden sino porque hablamos de una acción habitual de la que tenemos conocimiento y/o experiencia.
CONCLUSIÓN: En “el ancho mundo de la gramática tradicional” es donde se tiene la manía de justificar ciertos fenómenos lingüísticos a través de la identificación (o no identificación) de aquello de lo que se habla. En mi trabajo sobre los artículos problematizo enérgicamente la idea de que el contraste entre el artículo definido y el artículo indefinido se basa en esa identificación (aquí y aquí). Y, en esta discusión, espero haber aportado material suficiente para que alguien se plantee la misma cuestión en relación al contraste indicativo/subjuntivo.
12 October, 2019 @ 1:07 am
Querida LaElectrocutada (lo que me deja saber que estás unívocamente identificada):
Superlarga respuesta a tu superlargo comentario, aquí.